Una serie de recientes sentencias del Tribunal Supremo ha confirmado que para el acceso a las plazas de Ingeniero de las diferentes Administraciones Públicas es preciso disponer del título que habilite para el ejercicio de la correspondiente profesión, denegando el acceso a dichas plazas a Ingenieros Técnicos y Graduados.
Estas sentencias, que sientan jurisprudencia, vienen a reconocer que las competencias que se adquieren en los títulos que habilitan para el ejercicio de las diferentes profesiones reguladas de Ingeniero difieren claramente de las adquiridas en los títulos que habilitan para el ejercicio de las profesiones de Ingeniero Técnico y suponen el respaldo a las tesis que, en este mismo sentido, se vienen defendiendo desde el Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación.